CNSS insta a sectores nombrar representantes ante el Comité Nacional de Honorarios Profesionales
EL RADAR.COM,Santo Domingo.- El Consejo Nacional de la Seguridad Social
(CNSS) aprobó este jueves la resolución No.385-05, donde se instruye a los
sectores a que procedan a nombrar a sus representantes ante el Comité Nacional
de Honorarios Profesionales (CNHP), así lo informó la Ministra de Trabajo,
Maritza Hernández.
La iniciativa de la
Ministra de Trabajo, Maritza Hernández es una respuesta del sector gobierno representado
en el CNSS, en la búsqueda de soluciones integrales a las demandas de ingresos
de los profesionales de la salud.
Hernández refirió que
“el Consejo Nacional de la Seguridad Social se encuentra en la fase final de la
consultoría para la puesta en vigencia de un nuevo y completo catálogo de
prestaciones del Plan Básico de Salud, y el mismo necesitará de un consenso
previo de los honorarios y tarifas de los profesionales médicos.”
El Comité Nacional de Honorarios Profesionales
(CNHP) quedó establecido en el Párrafo II del Artículo 173 de la Ley 87-01 y
está compuesto por siete (7) miembros: dos representantes gubernamentales; uno
del Seguro Nacional de Salud; uno de las Administradoras de Riesgos de Salud
(ARS) privada; dos profesionales de la salud en las áreas especializadas
correspondientes y; un representante de los afiliados. El mismo tiene por
finalidad establecer y revisar anualmente Las tarifas mínimas de los honorarios
profesionales.
El CNSS reconoce que debe buscarse una solución
a los paros de los servicios médicos que está afectando a toda la población, en
especial a la más necesitada y que se encuentra afiliada al Sistema Dominicano
de Seguridad Social por medio del Régimen Subsidiado; por lo que, el Sistema
paga por servicios que no se entregan durante las huelgas.
Resolución No. 385-05: Se instruye a los
sectores a que procedan a nombrar a sus representantes ante el Comité Nacional
de Honorarios Profesionales (CNHP), de acuerdo a lo establecido en el Párrafo
II del Artículo 173 de la Ley 87-01 y en el Reglamento del Comité Nacional de
Honorarios Profesionales (CNHP), en un plazo de 15 días, dejando sin efecto lo
establecido en la Res. 308-03, d/f 31/1/13.
La Gerencia General del CNSS deberá
notificar la presente resolución a las instancias correspondientes, anexándole
el Reglamento citado.
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