UNATRAZONAS-CASC- DENUNCIA CACERIA CONTRA TRABAJADORES
SANTIAGO.- La Unión Nacional de Trabajadores de Zonas Francas (UNATRAZONAS-CASC) denuncio una cacerÃa de brujas contra los trabajadores que conformaran un sindicato que operara en la empresa DMG Internacional que funciona en el parque industrial Pisano.
Carlos Manuel reyes, secretario general de la entidad, acuso de esa acción en contra de los trabajadores, tanto a la encargada de Recursos Humanos y al Gerente de dicha empresa, licenciada Ramona Luciano y Daniel Polanco.
“Estos señores han desatado una persecución en contra de los trabajadores que integraran el sindicato, ya que no están de acuerdo en que estos se organicen para reclamar sus derechos que por ley les corresponden”, preciso.
Actualmente existe un comité gestor, pro constitución del sindicato, y los señores Luciano y Polanco, están presionando a los trabajadores, acosan, amenazan y hostigan a los futuros miembros y dirigentes de dicha entidad, lo que constituye un atropello a los derechos adquiridos de los trabajadores, continuo diciendo el dirigente sindical.
Reyes dijo que con esa actitud, esta empresa ha logrado intimidar a más de 20 trabajadores que han tenido que renunciar de manera forzosa por la presión ejercida por estos señores, quienes además han cancelado a más de 200 trabajadores desde el mes de junio hasta la fecha, tan solo por estos, mostrar interés en afiliarse al sindicato.
Al mismo tiempo, reyes dijo lamentar que la actitud de los inspectores del Ministerio de Trabajo, ya que no han actuado en consecuencia, y por esa razón las violaciones al Código de Trabajo se han incrementado en dicha empresa.
Ante todas estas prerrogativas y violaciones a los derechos de los trabajadores, Carlos Manuel Reyes, secretario general de UNATRAZONAS-CASC, advierto que recurrirá al Plano Internacional, ya que el Ministerio de Trabajo ha demostrado incapacidad, para hacer valer el derecho de los trabajadores, consagrado en el convenio 87-98 de la Organización Internacional del Trabajo, el artÃculo 62 de la Constitución de la República, asà como los artÃculos 333, 389.390, 391, 392 y el acápite 16 del DR-CAFTA.
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