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Diputados aprueban proyecto de ley implementaría el referendo en RD.


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Fuente: almomento.
SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en primera lectura un proyecto de ley para implementar la figura del referendo en la República Dominicana. El objetivo de la […]
SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en primera lectura un proyecto de ley para implementar la figura del referendo en la República Dominicana. El objetivo de la ley, de los diputados Julito Fulcar y Pedro Tineo, es regular el referendo como un mecanismo para el ejercicio del derecho de participación política de los ciudadanos, de acuerdo con la Constitución. La iniciativa define al referendo constitucional como un procedimiento de participación directa de la ciudadanía para aprobar propuestas de modificación a la Constitución, una vez que estén votadas y aprobadas por la Asamblea Nacional Revisora. También establece que el referendo consultivo como una herramienta democrática en la que se consulta a la ciudadanía sobre una o varias propuestas presentadas sobre temas de relevancia o interés nacional. Asimismo, indica que esa figura no podrá ser convocado ni celebrado cuando se trate de la revocación de alguna autoridad electa, cuando el país se encuentre en estado de excepción, si el objetivo de las propuestas es contrario a la Constitución, o cuando la ejecución del referendo coincida con el período electoral. Para establecer el referendo en República Dominicana el Estado deberá crear las condiciones más favorables para su práctica, mientras que los órganos electorales deberán brindar asesoría, agotar vías de conciliación y debate, y mantener el intercambio de información pública. El referendo constitucional será requerido cuando la reforma a la Carta Magna trate sobre derechos, garantías fundamentales, ordenamiento territorial, régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, y el régimen de la moneda. Después de que la Junta Central Electoral JCE reciba los textos que se contemplarían para una modificación a la Constitución, deberá convocar al referendo en un plazo de 60 días, en el cual la población solo podrá responder «sí» o «no» a lo propuesto. an/am

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